Dictada resolución del Departamento de Justicia de la Generalitat por la cual se dispone el establecimiento de un horario para la realización de comunicaciones presenciales de las personas internas en centros penitenciarios con abogados y otros profesionales acreditados, previstas en los artículos 48 y 49.5 del Reglamento Penitenciario, comprendido entre las 9 y las 20.30 horas
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